DERECHOS DE LOS SOCIOS
- Asistir con voz y voto a las reuniones de la Asamblea General.
- Intervenir en la gestión y gobierno de la entidad.
- Exponer a la Asamblea y a la Junta Directiva todo lo que se considere que pueda ser de interés y de progreso para la asociación.
- Contribuir a mejorar la vida de la asociación y a conseguir sus objetivos sociales básicos.
- Solicitar y obtener explicaciones sobre la administración y la gestión de la Junta Durectiva o de los mandatarios de la asicación.
- Recibir información sobre las actividades de la asociación.
- Ser convocado a las asambleas ordinarias y extraordinarias.
- Hacer uso de los servicios comunes que la asociación establezca o tenga a su disposición.
- Formar parte de los grupos de trabajo (colaboradores).
- Poseer un ejemplar de los estatutos.
- Consultar los libros de la asociación (libro de cuentas, libro de actas, libro de socios, libro de voluntarios).
- Derecho a convocar la asamblea extraordinaria (10% socios con 30 días de antelación).
- Incluir nuevos temas a las asambleas: 10% de los socios avisando con dos semanas de antelación como mínimo. Si la asamblea es universal, se puede incluir temas sin avisar.
- A ser escogido como miembro de la Junta Directiva, siempre que se acepte el cargo voluntariamente.
- Tener acceso a los libros de la entidad.
- Votación secreta (si lo solicita un 10% de socios).
- Proponer profesores instrumentistas para los CIIMs -contando con el visto bueno artístico del maestro J. Mora-.
- Ser escuchado previamente para la adopción de medidas disciplinarias.
DEBERES
- Comprometerse con las labores de la asociación y participar activamente para lograrlas.
- Contribuir al sostenimiento de la asociación con el pago de las cuotas, derramas y otras aportaciones económicas aprobadas.
- Complir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
- Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno de la asociación.